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La Audiencia de Palma condena a una compañía de seguros a abonar los 90.000 euros de una póliza de vida a la familia de un hombre que consumía cocaína porque la aseguradora no ha probado que el fallecido muriese como consecuencia del consumo de estupefacientes,

La Audiencia ha desestimado el recurso presentado por la compañía, que alegaba que la póliza sus­crita por el hombre recogía una exclusión de la cobertura por fallecimiento cuando derivase del consumo de drogas. Así, ha confirmado el pago de 90.000 euros a su viuda o a los hijos del fallecido como herederos legales.

El hombre murió en Palma en 2011 a consecuencia de una enfermedad pulmonar obstructiva cró­nica (EPOC). La aseguradora alegó que la propia familia informó a los médicos de urgencias de que había consumido cocaína cuando le llevaron al hospital tras hallarlo caído en el suelo del baño, con taquicardia y con dificultades respiratorias. Y que el paciente era consumidor desde hacía 30 años.

La Audiencia recuerda que el informe de la autopsia indicó que la causa inmediata de su muerte fue una fibrilación ventricular irreversible, la causa intermedia un edema agudo de pulmón y la funda­mental la EPOC que padecía, y que no señala la droga como origen dela muerte, informa Efe. 

El Mundo (Baleares)

16 de Mayo de 2014